Representación electrónica ante las Administraciones Públicas

Hoy en día se puede realizar de forma electrónica prácticamente cualquier tipo de poder de representación ante una administración pública española.

Basta con tener acceso a Internet, un certificado electrónico (por ejemplo, con el dni electrónico) y acceder a uno de estos servicios para otorgar poderes de forma inmediata y con todas las garantías legales.

– ÁMBITO ADMINISTRATIVO
Registro de Apoderamientos Electrónicos en la Sede del Punto de Acceso General. Creado por el RD 1671/2009 y actualmente regulado por la ley 39/2015.

https://sede.administracion.gob.es/  – https://apodera.redsara.es )

Con este servicio es posible crear un nuevo poder para la representación por otra persona física o jurídica ante cualquier administración o bien consultar, revocar o prorrogar los poderes creados previamente y que estén asociados al NIF del certificado electrónico.

– ÁMBITO JUDICIAL 
Poderes para Representación en un juzgado desde el Punto de Acceso General de la Administración de Justicia o en la Sede Judicial Electrónica. Regulado por la Ley 42/2015 que modifica la Ley 18/2011.

https://www.administraciondejusticia.gob.es/ – https://sedejudicial.justicia.es )

Permitirá apoderar a profesionales abogados, procuradores o graduados sociales de forma electrónica y gratuita de tal forma que tendrá los mismos efectos que un poder Apud Acta que se obtenga en un juzgado ante el Letrado de la Administración de Justicia. El sistema además verificará que el profesional de la justicia esté dado de alta en las bases de datos de los colegios profesionales. De forma similar a los poderes administrativos, el poderdante también podrá consultar, revocar y prorrogar los poderes otorgados.

Artículo completo: https://www.bloginnova.com/2018/07/apudacta.html

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