Sentencia del Tribunal Supremo sobre reconocimiento de grado para personal funcionario interino

Con fecha 7 de noviembre de 2018, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha dictado sentencia desestimando el recurso de casación interpuesto por la Excma. Diputación Provincial de Málaga, que pretendía anular el reconocimiento al actor, el derecho a la consolidación del grado personal nivel 26 del complemento de destino, por ser éste funcionario interino.

El fallo de la Sala fija como criterio interpretativo aplicable a la cuestión lo siguiente:

“En aplicación de lo razonado, debemos responder que lo dispuesto en el
artículo 70.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995 , que establece el
modo de adquisición del grado personal, resulta de aplicación no sólo a los funcionarios
de carrera, sino también a los funcionarios interinos, y ello a la luz de la jurisprudencia del TJUE sobre la aplicación de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.”

Por lo tanto, y tras este acertado criterio interpretativo, el personal funcionario interino consolida el grado de idéntica forma a como lo hace el personal funcionario de carrera, lo cual sin duda supondrá una excelente noticia para los cientos de miles de funcionarios interinos existentes en las administraciones públicas españolas.

Tenéis acceso a la sentencia del Tribunal Supremo en el siguiente enlace:

Carlos Yebra Matiaci.

https://icaitam.wordpress.com/2018/11/21/sentencias-reconocimiento-de-grado-a-interinos/

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